Reglamento de Organización y FuncionamientoLEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de EducaciónPreámbulo, donde se hablaen el TítuloV, sobre autonomía de los centros:“La Ley concibe la participación como un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos y, por ello, las Administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros educativos, tal como establece el título V. Se presta particular atención a la autonomía de los centros docentes, tanto en lo pedagógico, a través de la elaboración de sus proyectos educativos, como en lo que respecta a la gestión económica de los recursos y a la elaboración de sus normas de organización y funcionamiento. La Ley otorga mayor protagonismo a los órganos colegiados de control y gobierno de los centros, que son el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores y los órganos de coordinación docente, y aborda las competencias de la dirección de los centros públicos, el procedimiento de selección de los directores y el reconocimiento de la función directiva”.del CEIP Virgen de Setefilla de Lora del Río (Sevilla)20 de febrero de 2008
0.- PREÁMBULO:Desde la LOE se trata el tema de las Normas de Organización y Funcionamiento2/2006 LOE TÍTULO VParticipación, autonomía y gobierno de los centrosCAPÍTULO IParticipación en el funcionamiento y el gobierno de los centrosArtículo 120. Disposiciones generales.1. Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen.2. Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.Artículo 124. Normas de organización y funcionamiento.1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamientoLEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.TÍTULO IVCENTROS DOCENTESCAPÍTULO IAutonomía pedagógica, organizativa y de gestiónArtículo 128. El reglamento de organización y funcionamiento.1. El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.2. El reglamento de organización y funcionamiento, teniendo en cuenta las características propias del centro, contemplará los siguientes aspectos:a)Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.b)Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.c)La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. d)La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de entrada y salida de clase.e)Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa y, en general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro no contemplados en la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.3.Tanto en la elaboración del reglamento de organización y funcionamiento, como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la comunidad educativa. Con este ROF pretendemos que se establezcan mecanismos claros que resuelvan lo más adecuadamente los conflictos que pudieran producirse en nuestro centro, y, también, pretendemos que facilite las relaciones de todos los componentes de la Comunidad Escolar. Queremos establecer un modelo de gestión, de participación y control democráticos en la vida del centro, de manera que todos los sectores colaboren en la consecución de los objetivos de la Educación: Una Educación de calidad a todos los alumnos y alumnas, conciliada con la equidad en su reparto yel compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años y que se concretan en las convergentes ocho competencias básicas. La Comunidad Educativa de un centro la forman distintos sectores; cada uno con funciones diferentes, pero todos ellos con una labor importante para el buen funcionamiento de éste.
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